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REGLAMENTO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE VALORACIÓN Y ELIMINACIÓN DE LA
DOCUMENTACION DE LA UDELAR.
(Aprobado por el Consejo Directivo Central Res. N°19, en sesión de fecha 5 de junio de 2001)
ARTICULO 1. (INTEGRACION)
La Comisión Central de Selección, Valoración
y Eliminación de la documentación de la Universidad de la República es un órgano colegiado interdisciplinario Integrado por un profesional de la Archivología designado por el Sr. Rector que la presidirá, un experto en el Área de la Administración, un profesional en Derecho y un Historiador, designados por el Consejo Ejecutivo Delegado.
ARTICULO 2. (COMETIDOS)
La Comisión tendrá los siguientes cometidos;
a) La institucionalización del Archivo General de la universidad de la República, procediendo al análisis de las tipologías documentales existentes en la UDELAR.
b) Determinar la documentación que deba ser conservada para el futuro, en atención a los valores históricos, testimoniales a informativos que contenga, aparte de aquella cuya conservación es preceptiva, o que corra riesgo cierto de destrucción.
c) Determinar la documentación que pueda ser eliminada por carecer de las características mencionadas en el literal anterior.
ARTICULO 3. (ÁMBITO Y CONTENIDO DE ACTUACIÓN)
El ámbito de actuación de la Comisión es el fondo documental de la Universidad de la República.
La Comisión actuara mediante acuerdos los que se adoptarán por un quórum no inferior a la mayoría absoluta de sus miembros
y tendrán exclusivamente contenido de asesoramiento, información o propuesta, debiendo ser elevados al Órgano competente de la UDELAR que adoptará la decisión pertinente.
ARTICULO 4. (FUNCIONES DE LA COMISIÓN)
La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la documentación que debe ser objeto del proceso de selección y eliminación.
b) De establecer, de conformidad con criterios administrativos, jurídicos e históricos en plazo de conservación de cada una de las series y subseries de documentos que genera la administración de la UDELAR.
c) Elaborar una Instrucción General que especifique las normas y orientaciones a las que tendrán que atenerse las oficinas en aquello que tenga referencia con la selección y eliminación de la documentación a su cargo.
d) Elaborar un 'Manual de documentación' de la UDELAR, que permita relacionar todas las tipologías documentales, sus características y los plazos de conservación que deberán observarse a su respecto.
e) Aleccionar a los responsables de los archivos de los diferentes servicios en to que refiere a la selección, evaluación y eliminación de la documentación y evacuar sus consultas.
f) Elaborar proyectos de normativas en el área archivística.
g) Toda otra función relativa a sus cometidos o que facilite la consecución de los mismos.
ARTICULO 5. (REGIMEN DE REUNIONES)
La Comisión se reunirá en régimen ordinario, con la periodicidad que ella misma determine y cada sesión deberá contar con un quórum de funcionamiento no inferior a la mayoría absoluta de sus miembros.
Cuando las acciones de la Comisión se refieran a documentos de determinadaFacultad o Servicio universitario descentralizado, ésta Invitará a un representante del mismo a efectos de que partícipe para emitir opinión acerca de los temas a acordar con voz pero sin voto. Dicho representante será designado por la Facultad o el Servicio a quien representa.
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