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Calificaciones
Responsabilidades de la Dirección General de Personal
- Antes de cada primero de noviembre de cada año, la dirección general de personal convocará a elecciones del representante de los funcionarios (art 12, inc.c).
- Verificará y refrendará las calificaciones , o podrá devolverlas con las observaciones que considere pertinente. (art. 22)
- Confeccionará los cuadros de puntajes de todos los escalafones y grados, ubicando a los funcionarios por orden decreciente (art. 23)
- Remitirá a cada uno de los servicios los cuadros correspondientes a sus funcionarios, a efectos de ser publicados en cartelera (art.23)
- analizará criterios de calificación, unificará los mismos e instruirá a los tribunales. Elaborará manuales e instructivos y desarrollará cursos para supervisores (art.24, inc. D)
- Promoverá la participación de todos los funcionarios en el proceso de calificación (art 24, inc. D)
- Asesorará en todos los aspectos relativos a la aplicación e interpretación de la ordenanza (art. 24, inc.e)
- Controlará el desarrollo de los procedimientos de calificación en cualquiera de sus instancias, informando al rector sobre los resultados de dicho control
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