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Comisión Sectorial de Gestión Administrativa

La Comisión Sectorial de Gestión Administrativa (CSGA) es una Comisión Asesora del Consejo Directivo Central y del Consejo Ejecutivo Delegado, contando con capacidad de iniciativa en aspectos relativos a la gestión administrativa.

Está integrada por:

  • El pro-Rector de Gestión Administrativa que la preside
  • Un representante por cada Orden
  • Un representante por cada Área
  • Un representante del Hospital de Clínicas y
  • Un representante de los funcionarios no docentes.

Los integrantes de la CSGA son designados por el Consejo Directivo Central (CDC). Los representantes de las áreas y órdenes son propuestos al CDC por las áreas y órdenes respectivos. El representante del Hospital de Clínicas es propuesto por su Comisión Directiva y el de los funcionarios no docentes por las organizaciones gremiales no docentes. Los integrantes permanecen dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos. Durante el período de su mandato podrán ser sustituidos por el CDC si mediara en ese sentido una solicitud fundada de sus proponentes.



INTEGRANTES

Pro Rector
Dr. Ricardo Roca
Orden Docente
Ing. Carlos Anido
Orden Egresados
Dr. Enrique Barmaimón
Orden Estudiantil
-----------------------------
Área Ciencias Agrarias
Prof. Juan Calvo
Área Artística
Lic. Graciela Carreño
Área Ciencias y Tecnologías
Sra. María Etcheverría
Área Ciencias de la Salud
Lic. Miriam Costabel
Área Ciencias Sociales y Humanas
Sra. Susana Baubet
Hospital de Clínicas
Dr. Víctor Tonto
AFFUR
Sr. Roberto Daguerre
UTHC
Sra. María Montañez

ORDENANZA

Res. del CDC de fecha 7/12/1999 - Distr. Nro. 275/99 - D.O. 21/12/1999

ORDENANZA DE LA COMISIÓN SECTORIAL DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Artículo 1o.- La Comisión Sectorial de Gestión Administrativa (CSGA) actuará como Comisión Asesora del Consejo Directivo Central y del Consejo Ejecutivo Delegado, contando con capacidad de iniciativa en aspectos relativos a la gestión administrativa.

Artículo 2o.- La CSGA se integrará de la siguiente forma:
- El pro-Rector de Gestión Administrativa que la presidirá;
- Un representante por cada Orden;
- Un representante por cada Area;
- Un representante del Hospital de Clínicas; y
- Un representante de los funcionarios no docentes.

Artículo 3o.- Los integrantes de la CSGA serán designados por el Consejo Directivo Central. Los representantes de las áreas y órdenes serán propuestos al CDC por las áreas y órdenes respectivas. El representante del Hospital de Clínicas será propuesto por su Comisión Directiva y el de los funcionarios no docentes por las organizaciones gremiales no docentes. Los integrantes durarán en sus funciones dos años pudiendo ser reelectos. Durante el período de su mandato podrán ser sustituidos por el CDC si mediara en ese sentido una solicitud fundada de sus proponentes. Por cada delegado se designará un suplente.

Artículo 4o.- La Comisión podrá conceder licencia a sus miembros y convocar directamente al suplente respectivo.

Artículo 5o.- Serán atribuciones de la CSGA las siguientes:
A - Asesorar al CDC y al CED cuando éstos lo soliciten;
B - Realizar propuestas sobre normas y medidas tendientes a mejorar el funcionamiento de la gestión administrativa en sus diversos aspectos en la Universidad de la República;
C - Proponer prioridades respecto a proyectos, planes y acciones dentro de su área;
D - Colaborar en la creación y adjudicación de fondos destinados a financiar las propuestas de mejora de la gestión;
E - Estar en conocimiento, supervisar y evaluar la marcha de los proyectos relativos a su área; y
F - Designar las subcomisiones que estime conveniente para el mejor cumplimiento de sus cometidos.



Modificación a la Ordenanza

EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28 DE SETIEMBRE DE 2004, ADOPTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:

Número: 6
Fecha: 28/09/2004 00:00

(Exp. 001010-000157-04) - Atento a lo solicitado por la Comisión Sectorial de Gestión Administrativa y a lo informado por la Dirección General Jurídica, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 332/04:
1.- Modificar el art. 5 de la Ordenanza de la Comisión Sectorial de Gestión Administrativa, en el sentido de:
a) Incorporar al mismo un nuevo literal F que establezca:
"F.- Asesorar sobre la creación o supresión de cargos, evaluar la actuación en los mismos y proponer las reelecciones o prórrogas que
correspondan de los cargos docentes de Oficinas Centrales que cumplen funciones en aspectos que competen a esta Comisión".
b) El actual literal F pasa a ser el literal G.
2.- Disponer su publicación en el Diario Oficial.
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